Casación No. 315-2012

Sentencia del 26/11/2013

“... Por lo anterior, en aras de dilucidar el asunto, esta Cámara establece que si bien es cierto, el artículo 2 numeral 8 del Decreto 37-92 del Congreso de la República, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, adicionado por el Decreto 80-2000 del Congreso de la República, establecía que estaban afectos al pago del impuesto los dividendos que se pagaran o acreditaran mediante cupones en las acciones; esta disposición generó antinomia con el artículo 11 del Decreto relacionado inicialmente.
Para solucionar este conflicto, se establece que el conjunto de normas contenidas en el artículo 11 fueron reformadas por medio del Decreto 34-2002 del Congreso de la República, el cual en el numeral 6 regula que están exentos al pago del impuesto la transferencia, pago y cancelación de acciones de todo tipo de sociedades así como sus cupones, con lo cual en forma tácita y en aplicación del principio de que una ley posterior deja sin efecto una anterior, origina que, por lógica, el numeral 8 del artículo 2 de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos haya quedado sin efecto...”